sábado, 19 de enero de 2019

Comité de Seguridad y Salud

El Comité de Salud y Seguridad es el órgano paritario y colegiado que se encarga de la consulta regular y periódica de las actuaciones de la empresa en materia de prevención.
La creación de este comité es necesaria en una empresa a partir de los 50 trabajadores, este comité es formado por los delegados de prevención y el empresario y/o sus representantes. Este comité se encarga de participar en la elaboración, puesta en práctica y evaluación del plan de prevención y de promover iniciativas sobre métodos y procedimientos para una prevención de riesgos efectiva mediante la proposición de mejoras de condiciones o la correción de deficiencias existentes.

Para llevar a cabo su cometido el comité podrá:
-Conocer directamente la situación relativa a la prevención de riesgos en el centro de trabajo realizando las visitas oportunas.
-Conocer los documentos e informes relativos a las condiciones de trabajo necesarios.
-Conocer y analizar los daños producidos a la salud física de los trabajadores para valorar las causas y proponer medidas preventivas.
-Conocer e informar la memoria y programación anual de los servicios de prevención.

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